martes, 28 de julio de 2009

rEGISTRO dE eXPRESIÓN aNTICIPADA dE vOLUNTADES dE lA jUNTA dE eXTREMADURA

la Junta de Extremadura regula el contenido, organización y funcionamiento del Registro de Expresión Anticipada de Voluntades de la Comunidad Autónoma de Extremadura y se crea el Fichero Automatizado de datos de carácter personal del citado Registro. De este modo, la administración regional regula el derecho reconocido a los ciudadanos por Ley para que puedan expresar, de forma anticipada, sus voluntades ante una situación de terminalidad sobrevenida por la evolución de una enfermedad o por cualquier otro problema que comprometa la vida.

Así, cualquier ciudadano entregará la documentación en el registro y se incluirá en el Registro Autonómico de Expresión Anticipada de Voluntades. Una vez incluido en este registro la Consejería de Sanidad y Dependencia comunicará la existencia y la disponibilidad al resto del Sistema Nacional de Salud a través de medios informáticos. De tal forma y ante una situación de te4rminalidad del paciente, este documento de expresión anticipada de voluntades puede ser adecuadamente usado en cualquier parte del Sistema Nacional de Salud. El Centro de Urgencias y Emergencias 112 estará conectado de forma segura al registro y podrá utilizarse la voluntad de ciudadano en cualquier situación, incluida las emergencias médicas y la atención fuera de cualquiera de los centros sanitarios existentes en nuestra Comunidad Autónoma.

De la misma forma, el ciudadano que ya haya expresado su voluntad a través de un documento y quiera revocarla o modificarlo lo puede hacer, con este procedimiento, a cualquier hora del día y de la noche.

Funcionamiento

Para que un ciudadano inscriba un documento dentro del registro de expresión anticipada de voluntades, será necesario que la expresión haya sido libre y voluntaria por personas mayores de edad y con plena capacidad legal de obrar.

El documento debe firmarse ante notario o tres testigos, y que estos últimos, -al menos dos de ellos- no tengan lazos de consanguinidad con el que expresa su voluntad. Estas situaciones estaban ya recogidas en la Ley de Información Sanitaria y Autonomía del Paciente.

El documento se puede entregar en la sede del propio registro o en los Centros Sanitarios de la Comunidad Autónoma de Extremadura. Para hacer la entrega, existe un modelo de solicitud y debe ir acompañado de la documentación acreditativa personal del interesado o del representante legal, debidamente autorizado. En el plazo máximo de 5 días estará inscrito en el registro y se podrá hacer uso de él.

Más información

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1 comentario:

Unknown dijo...

Una información interesantísima. De verdad. Gracias por compartirlo.

... te pido lo de siempre? jajaja

Venga, si no quieres, no lo publiques en Extremadura Perdura